¿Cómo es la nueva normalidad en las comunidades de propietarios madrileñas?
Desde el 21 de junio, las comunidades de propietarios y urbanizaciones madrileñas deben cumplir una serie de normas y medidas preventivas.
Desde el 21 de junio, las comunidades de propietarios y urbanizaciones madrileñas deben cumplir una serie de normas y medidas preventivas.
Limitación del aforo, cita previa, turnos, o control de espacios son las condiciones impuestas por el Gobierno para la apertura de las piscinas recreativas en la fase 2 durante la desescalada frente a la Covid-19.
Obligaciones que adquieren los titulares de las piscinas de comunidades de propietarios, casas rurales o de agroturismo, colegios mayores o similares.